El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha hecho pública este martes 4 de abril la convocatoria oficial de las elecciones municipales y autonómicas del 28 de marzo.
Ante esta situación, ya se ha abierto el plazo para solicitar el voto por correo de cara a estos comicios. Pero, ¿sabes cómo poder hacerlo?
¿Cómo votar por correo?
En primer lugar, hay que recoger el impreso de solicitud en las oficinas de Correos, disponible desde este 4 de abril.
En el impreso, debes indicar la dirección postal a la que quieres que se envíe la documentación electoral (puede ser tu domicilio, tu lugar de trabajo o un apartado postal).
La Oficina del Censo Electoral hará llegar a la dirección indicada la siguiente documentación:
- Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presenten a cada uno de los procesos convocados.
- Un sobre de votación para cada proceso
- El certificado de inscripción en el censo.
- Un sobre con la información de tu mesa electoral.
- Una hoja explicativa.
Una vez recibida la documentación, hay que elegir la papeleta de votación para cada proceso en el que vayas a votar e introducirla en el sobre de votación correspondiente (o no incluyas papeleta si decides votar en blanco).
- Introduce el sobre o los sobres de votación y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre en el que está escrita la dirección de su mesa electoral.
- No introduzcas ningún documento acreditativo de tu identidad dentro del sobre de votación, porque en este caso tu voto sería considerado nulo por la mesa.
- Lleva este sobre a una oficina de Correos y envíalo por correo certificado en todo caso antes del tercer día previo al de la celebración de las elecciones. El envío es gratuito. En la oficina es necesario presentar el DNI en vigor original.
El día de las elecciones, Correos enviará todos los sobres que contienen los votos por correo a las mesas electorales desde las 9 de la mañana y hasta las 8 de la tarde.
Terminada la votación y antes de realizar el escrutinio, la mesa introducirá los sobres de voto recibidos por correo en la urna.
¿Puedo cambiar de opinión y votar de forma presencial?
No. Si solicitas votar por correo, y tu solicitud es aceptada, no podrás votar de manera presencial en tu mesa electoral el día de las elecciones.
¿Cómo solicito el voto por correo si estoy de forma temporal o de vacaciones en el extranjero?
Si estás temporalmente o de vacaciones en el extranjero y deseas ejercer tu derecho de sufragio tienes que:
- Cumplimentar y presentar el impreso personalmente en el consulado o embajada antes del 29 de abril. Puedes encontrarlo en el consulado o embajada del país donde te encuentres, o descargártelo en las webs indicadas para ello.
- Para poder formular la solicitud deberás estar inscrito en el registro de matrícula consular del país donde te encuentres como no residente.
- Ambos trámites (solicitud e inscripción) pueden realizarse en el mismo acto.