Todo lo que te puedes desgravar en la Declaración de la Renta 2022-2023

Millones de españoles encaran una nueva campaña de la Declaración de la Renta, con la vista puesta en los gastos que el ciudadano puede desgravarse.

Vivienda, alquiler, familia y donaciones son algunos de los puntos más importantes para este fin y poder reducir impuestos; al margen de los propios de cada Comunidad Autónoma, estos son los principales factores para desgravarse en el ámbito estatal.

Vivienda

En cuanto a la compra de un inmueble, afecta a los que compraron una vivienda antes del 1 de enero de 2023, alcanzando el 15% de los pagos anuales. También se reduce el pago de impuestos en caso de vender la primera vivienda para adquirir otra.

Para el alquiler, la desgravación estatal ronda el 10%, al que se puede añadir lo de las CCAA, cumpliendo una serie de requisitos: que la base imponible no supere los 24.107 euros, tener menos de 35 años o haber firmado el contrato después de 2015.

En cuanto a los gastos, solo lo contemplan algunas regiones, por lo que es necesario informarse sobre lo que ocurre en cada una de ellas.

Familia

Si es numerosa, existe una desgravación del IRPF; son 1.200 euros para la familia numerosa general (3 hijos) y 2.400 euros si se supera esa cifra. Además, se contempla la deducción de 50 euros al mes por hijo que exceda el número necesario para ser familia numerosa.

Para la maternidad, hasta los tres años de edad del hijo es posible reducir la cuota diferencial en el IRPF hasta los 1.200 euros anuales. Aunque cada Comunidad cuenta con unas condiciones diferentes. Para los gastos, ocurre lo mismo en función de la región del país en la que vivamos.

Inversiones

Reduce la cuantía sobre la que se calcula el IRPF a la hora de tramitar el borrador. Desde 2022, la aportación individual a un plan de pensiones privado es de 1.500 euros, aunque anteriormente era de 2.000 euros. Por otro lado, el total de aportaciones no deberá superar el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades.

Inversión en empresas. Con el objeto de fomentar la creación de empresas y su financiación, Hacienda contempla la desgravación del 30% de lo invertido en nuevas empresas. Eso sí, estas compañías no podrán superar los 400.000 euros de fondos propios ni cotizar en Bolsa.

Donativos. Destinar dinero a una ONG, una Fundación o cualquier entidad que se enmarque en la Ley de Incentivos al Mecenazgo, permiten desgravar hasta el 75% de los primeros 150 euros donados y un 30% del resto de aportaciones. La afiliación a un partido político o sindicato se permite desgravar el 20% de las aportaciones realizadas.

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