Luis Planas anuncia el pago de 27,8 millones a 9.000 agricultores y ganaderos afectados por los grandes incendios del verano

El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, ha anunciado que 9.000 agricultores y ganaderos afectados por los grandes incendios que asolaron España este verano percibirán 27,8 millones de euros de las ayudas habilitadas por el Gobierno para apoyar a los titulares de explotaciones dañadas por el fuego.

La lista de beneficiarios y las cantidades que les corresponden se han publicado en la página web del ministerio. El ministro ha destacado la celeridad en la tramitación de esta ayuda porque el objetivo es que los agricultores y ganaderos puedan cobrarlas cuanto antes para hacer frente a los gastos y pérdidas que les hayan ocasionado los incendios. El ministerio adjudica de oficio la ayuda tras comprobar que los potenciales beneficiarios cumplen los requisitos, sin que estos tengan necesidad de hacer ningún trámite.

El ministro ha recordado que cada agricultor o ganadero afectado cobrarán entre 1.500 y 10.000 euros por titular, cifra que se elevará, en el caso de que tenga seguro agrario, a un mínimo de 6.000 euros y un máximo de 16.000 euros. El montante de esta línea de ayuda asciende a 21,5 millones de euros.

Los otros 6,3 millones de euros corresponden a la elevación de la subvención por la contratación del seguro agrario hasta el 70 % del coste de la póliza.

Todos los trámites se podrán consultar desde la página web del ministerio, donde se ha habilitado un espacio para facilitar toda la información relativa a los trámites administrativos de esta ayuda, disponible en este enlace.

Para ser beneficiario de la ayuda deben cumplirse los siguientes requisitos:

Ubicación de la explotación: la explotación debe encontrarse total o parcialmente en una de las zonas afectadas por los grandes incendios. Estas zonas corresponden a los municipios incluidos en el anejo del Real Decreto.La comprobación se realiza mediante el cruce de las coordenadas de la explotación con la capa gráfica facilitada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, obtenida a partir del Sistema Europeo de Información de Incendios Forestales (EFFIS). No basta con que la explotación esté situada en un municipio incluido en el anexo; debe estar además dentro del área concretamente afectada por un gran incendio, de más de 500 hectáreas.

Ingresos agrarios: haber declarado ingresos agrarios superiores a 1.000 euros en el ejercicio 2024 (declaración de la renta presentada en 2025). En el caso de personas jurídicas, se tendrá en cuenta la declaración correspondiente de la sociedad.

Inscripción registral: la explotación afectada debe estar correctamente inscrita en los registros oficiales, concretamente en el Registro de Explotaciones Agrícolas (REA) y/o en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), con fecha de referencia 30 de septiembre de 2025

Nuevos agricultores y ganaderos: también podrán acceder a la ayuda los nuevos agricultores o ganaderos que se hayan incorporado a la actividad durante 2025 con la condición de joven agricultor, conforme a lo establecido en el Plan Estratégico Nacional de España para la PAC 2023-2027, siempre que hayan iniciado la actividad agraria en 2025 y presentado por primera vez la solicitud única de la PAC en dicha campaña.

Asegurados por el Sistema de Seguros Agrarios Combinado: para percibir la ayuda contemplada en el artículo 4 el único requisito es que los agricultores o ganaderos del ámbito territorial del anexo deberán tener contratada una póliza en vigor en la fecha de ocurrencia del gran incendio.

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