La JEZ requiere al alcalde de Ciudad Rodrigo para que se “abstenga de difundir proyectos en periodo electoral”

La Junta Electoral de Zona (JEZ) de Ciudad Rodrigo resolvió la denuncia presentada por el PSOE sobre la campaña de logros y proyectos vinculadas a la gestión municipal que ha venido realizando el alcalde mirobrigense, Marcos Iglesias Caridad, junto a varios miembros del equipo de gobierno durante las últimas semanas, una vez convocadas las Elecciones Europeas para el 9 de junio; estas acciones están prohibidas por la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) y que los citados representantes del PP habrían conculcado.

La resolución de la JEZ estima en parte la denuncia planteada por el PSOE al acordar “por unanimidad requerir al alcalde del ayuntamiento de Ciudad Rodrigo para que en lo sucesivo se abstenga de realizar las actuaciones; o lo que es lo mismo, utilizar el Facebook del Ayuntamiento para hacer referencia a los logros y realizaciones obtenidas y llevadas a cabo por parte del equipo de gobierno, de lo contrario, se procederá con arreglo a la Loreg”, señala el PSOE de Ciudad Rodrigo en un comunicado oficial.

Asimismo, la resolución incide en que, pese a las alegaciones formuladas por el PP, “en el presente caso de la documentación aportada en la denuncia se puede comprobar que en las publicaciones en el Facebook del ayuntamiento de Ciudad Rodrigo no proporciona única y exclusivamente información sobre los acuerdos de los órganos colegiados como refiere en su escrito de alegaciones, sino que tienen connotaciones electoralistas. Hace referencia a los logros y realizaciones obtenidas y llevadas a cabo por parte del equipo de gobierno para conseguir, por ejemplo, la financiación y ejecución de una pasarela peatonal a coste cero o la reurbanización de la calle del Sol financiada por la Junta de Castilla y León”, añade el PSOE mirobrigense.

La Loreg es meridianamente clara al regular que queda prohibido realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de estos, cualquiera que sea la denominación utilizada, sin perjuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo. Asimismo, “desde la convocatoria de elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado directamente por los poderes públicos que contengan alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos”.

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