Varapalo judicial al alcalde del PP del municipio salmantino de Sotoserrano Sebastián Requejo

Una sentencia del juzgado de lo penal número dos de Salamanca absuelve al portavoz del Grupo Municipal Socialista desestimando la denuncia que contra él puso el alcalde del municipio.

El Grupo Socialistas afirma que estará vigilante para que el alcalde no cargue las posibles costas derivadas de este juicio a las arcas municipales.

El alcalde del PP en el municipio salmantino de Sotoserrano, Sebastián Requejo, recibe un varapalo judicial tras la sentencia emitida por el juzgado de lo penal número dos de Salamanca donde se desestima la denuncia presentada por el primer edil contra el portavoz del Grupo Socialista en el Consistorio, Miguel Martín, en la que le acusaba de un delito de calumnia con publicidad y otro de injurias delitos que, según queda demostrado y argumentado en la resolución, no se cometieron ni tuvieron lugar.

El Juez absuelve al portavoz socialista considerando que las afirmaciones vertidas por el edil socialista a través de una nota de prensa, nota de prensa que fue denunciada ante el juzgado por el alcalde, no constituyen ningún delito de calumnia con publicidad ni de injuria contra la persona del alcalde, tal y como pretendía con su denuncia el primer edil,  sino que se ajustan a la legalidad y al derecho de libertad de expresión además de ser contempladas como parte de la labor y el trabajo político que el concejal socialista tiene obligación de ejercer como representante de los vecinos.

En la sentencia el Juez estima, y deja claro en la argumentación de su resolución, que en la nota de prensa emitida por el portavoz socialista, y que fue considerada por el alcalde como injuriosa o calumniosa, no se desprende la comisión de delito alguno y “sin que por tanto resulte probado que en la conducta del acusado concurra el dolo específico, de difamar, vituperar o agraviar al querellante, pues como se infiere del resumen total de la nota de prensa, era una denuncia global que hacía el concejal como representante del partido de la oposición (PSOE), ante las quejas de los vecinos y falta de información por parte de la Alcaldía”.

A lo que el Juez y la sentencia añade que en dicha nota de prensa, donde se recogían las afirmaciones que fueron consideradas como delictivas por el alcalde, siempre se dirigen a él como cargo público y hacia su gestión, “nunca se alude al mismo como persona particular o de su trabajo profesional al margen de la Alcaldía; considerando por tanto que por el contrario la finalidad perseguida, en el legítimo ejercicio de la libertad de expresión, era una abierta crítica a la política y gestión del Alcalde al frente del Ayuntamiento de Sotoserrano, lo que excluiría el aspecto subjetivo de los tipos enjuiciados generando la antijuricidad de la conducta imputada al acusado y el amparo de su conducta en el legítimo ejercicio del derecho de la libertad de expresión”.

En base a esto, y quedando demostrado que la denuncia del alcalde contra el portavoz socialista era infundada, el Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Sotoserrano manifiesta y quiere hacer público que estará vigilante para que las costas derivadas de este proceso judicial no sean cargadas ni atribuidas a las arcas municipales y que al final tengan que ser los vecinos del municipio quienes tengan que pagar la mala praxis, como en este caso, aplica el alcalde Sebastián Requejo en su gestión y en sus decisiones.

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