Se mantiene la minoración en el rendimiento neto del 35% por la adquisición de gasóleo agrícola y del 15% por la compra de fertilizantes.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se reducen los índices de Rendimiento Neto y la reducción general aplicables en 2023 en el sistema de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el denominado sistema de módulos, para agricultores y ganaderos.
Esta orden recoge la propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de minoración de dichos índices y tiene en cuenta la incidencia de la sequía y otras circunstancias excepcionales que afectaron a la rentabilidad de muchas explotaciones agrícolas y ganaderas durante 2023.
Con la publicación de esta orden, el Gobierno continúa dando cumplimiento a las medidas acordadas para dar apoyo a los agricultores y ganaderos, al establecer una reducción generalizada del 15 % en el rendimiento neto, a la que se añade la minoración de entre el 30 % y el 80 % en los sectores más afectados por las adversidades climáticas, y el mantenimiento de las minoraciones por la compra de gasóleo agrícola (35 %) y fertilizantes (15%).
La orden establece una reducción general del rendimiento neto del 15 % a la que podrán acogerse los aproximadamente 800.000 agricultores y ganaderosque tributan por el sistema de módulos. Determinados sectores se benefician además de reducciones específicas, que son del 80 % en el caso de la castaña, 50 % para los cereales, leguminosas, olivar y la apicultura, y del 30 % para uva de vinificación y sectores ganaderos en régimen extensivo.
La orden permite que este año también los declarantes en estimación objetiva agraria del IRPF puedan minorar el rendimiento neto previo un 35 % por adquisición de gasóleo agrícola, y un 15 % por compra de fertilizantes.
Además, se mantienen las reducciones de los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos de regadío que utilicen energía eléctrica. Concretamente se establece en un 0,5 el índice aplicable a las actividades ganaderas que alimenten el ganado con piensos y otros productos adquiridos a terceros, siempre que representen más del 50 % del importe de los productos alimenticios consumidos, y se aplica tanto a los sectores ganaderos intensivos como a extensivos. El índice corrector por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica se reduce a 0,75.
Las reducciones de los índices de rendimiento neto establecidas con carácter nacional para la declaración de la renta 2023 son las siguientes:
SECTORES AGRÍCOLAS:
– Cereales y leguminosas de 0,26 a 0,13
– Productos del olivo de 0,26 a 0,13
– Uva para vino con D.O. de 0,32 a 0,22
– Uva para vino sin D.O. de 0,26 a 0,18
– Castaña de 0,26 a 0,05
SECTORES GANADEROS:
– Bovino de carne extensivo de 0,13 a 0,09
– Bovino de cría extensivo de 0,26 a 0,18
– Ovino y caprino de carne extensivo de 0,13 a 0,09
– Porcino de carne extensivo de 0,13 a 0,09
– Porcino de cría extensivo de 0,26 a 0,18
– Apicultura de 0,26 a 0,13