El Congreso aprueba la reforma del sistema de pensiones

El Pleno del Congreso de los Diputados ha dado luz verde a la reforma de las pensiones, pese a los obstáculos por parte de la derecha.

Así, ha convalidado Real Decreto-ley de “medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones”. Y lo ha hecho con 179 votos a favor, 104 en contra y 61 abstenciones.

Este Real Decreto ha sido defendido por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá y tiene como “objetivo fundamental un importante refuerzo de la capacidad financiera del sistema para establecer las bases que garanticen su sostenibilidad en los próximos treinta años”.

Base máxima de cotización y cuota adicional

Para cumplir estos objetivos, se contempla el incremento anual de la base máxima de cotización “en 1,2 puntos porcentuales desde el año 2024 hasta 2050”.

Asimismo, “la cuantía máxima de la pensión inicial contributiva desde 2025 será la cuantía máxima fijada para las pensiones del sistema el año anterior”, y se revalorizará con el IPC anual “más un incremento adicional de 0,115 puntos porcentuales acumulativos cada año hasta 2050”. 

Además, la ley crea una nueva cotización de solidaridad que grava la masa salarial que supera la base máxima de cotización.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional

El texto también introduce un Mecanismo de Equidad Intergeneracional, como instrumento de estabilización financiera, que se aplicará “en todos los regímenes y en todos los supuestos en los que se cotice por la contingencia de jubilación, que no será computable a efectos de prestaciones y que nutrirá el Fondo de Reserva de la Seguridad Social”.

La cotización finalista del Mecanismo de Equidad Intergeneracional está fijada en el 0,6 por ciento, correspondiendo un 0,1 por ciento al trabajador y un 0,5 por ciento a la empresa y la cifra total se incrementará hasta el 1,2 por ciento en 2029, al ritmo de una décima por año.

Incremento de las pensiones mínimas contributivas y no contributivas

La legislación también “incrementa progresivamente desde 2024 la pensión mínima contributiva de jubilación cuyo titular sea mayor de 65 años y tenga cónyuge a cargo, a fin de que en 2027 no pueda ser inferior al umbral de la pobreza calculado para un hogar compuesto por dos adultos”.

En cuanto a las pensiones no contributivas, una vez revalorizadas en el porcentaje que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca, “se incrementarán adicionalmente cada año, en el mismo período y por el mismo procedimiento, pero con la referencia de multiplicar por 0,75 el umbral de la pobreza de un hogar unipersonal”.

En lo referente al trabajo por cuenta propia, se crea, en un plazo de tres meses desde el 1 de abril, un “observatorio para el análisis y seguimiento de la prestación por cese de actividad por causas económicas, así como de la integración de períodos sin obligación de cotizar de los trabajadores autónomos”, con objeto de “mejorar la eficacia y cobertura de dicha prestación”. 

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